¿Que es la cofinanciación privada exigida por Fundae?

Uno de los grandes desconocidos por parte de las empresas, a la hora de bonificar el coste de sus cursos es la Confinanciación exigida por Fundae.

Es un requisito sencillo de cumplir, pero es importante tenerlo en cuenta para evitar reclamaciones inesperadas.

¿Qúe es la confinanciación privada?

La cofinanciación privada es lo que la empresa debe aportar como contribución a los costes de la formación que se pretende bonificar.

Esto quiere decir que uno de los requisitos de la formación bonificada es que a la empresa también le “cueste” algo la realización de dicha formación.

¿Como se puede cumplir con la cofinanciación privada exigida por Fundae?

La forma más común para el cumplimiento con la cofinanciación, es justificar el coste de los trabajadores, que en jornada laboral, se encuentran realizando formación. Esto supone un coste para la empresa que sirve para justificar la cofinanciación.
Otra forma con la cual también se cumple con la cofinanciación, es cuando el coste de la formación es superior al importe bonificable.
UN EJEMPLO PRÁCTICO:

  • El precio de curso presupuestado es de 750€
  • El coste bonificable asciende a 500€
  • El coste no bonificable, que es por tanto 250€, será un importe que se podrá declarar como Confinanciación, dado que es un coste que asume la empresa.

La cofinanciación se calcula hallando la diferencia entre el total de los costes admitidos (incluyendo los costes salariales), y el importe de la bonificación aplicada.

¿Afecta a mi empresa la cofinanciación privada? ¿Como?

La cofinanciación, afecta a todas las empresas de más de 5 trabajadores, y se calcula mediante un porcentaje de la siguiente manera:

  • Empresas de 6 a 9 trabajadores un 5% sobre el importe de la formación bonificada
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores un 10% sobre el importe de la formación bonificada
  • Empresas de 49 a 249 trabajadores un 20 % sobre el importe de la formación bonificada
  • Empresas de de 249 trabajadores un 40% sobre el importe de la formación bonificada

 

Cabe destacar que, el cumplimiento de la confinanciación debe ser anual, de tal manera que si, en algún curso, la empresa no cumple con al cofinanciación privada, pero en otros cursos durante el resto del año sí, y además compensa los que no había cumplido, estará dando cumplimiento a esta obligación.

Lo importante es cumplir con el porcentaje sobre el importe global de formación bonificada del año.

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