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Reserva del crédito formativo sobrante para el año siguiente

Una de las novedades más interesantes y destacables para la mayor flexibilidad a la hora de hacer uso del crédito formativo de las empresas, es la posibilidad de reservar el crédito sobrante para el siguiente año.

Siempre se puede dar la posibilidad, de que durante el año, por unas circunstancias u otras no hayamos podido utilizar el importe que las empresas tenemos destinado a su aplicación en formación, pero al año siguiente,en cambio nos quedemos cortos habiendo desaprovechado el crédito del anterior.

Esto parece que cambia, pero ojo, SOLO PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES (media de trabajadores del año anterior).

Esto viene reflejado en el RD 694/2017 en su artículo 9.4 de la siguiente manera:

“A través del sistema electrónico previsto en el artículo 15.3 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa. Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros”

¿Cómo manifiestan las empresas esta voluntad?

Este trámite debe realizarse antes del 30 de Junio.

Ceslan Formación, ofrece a sus clientes la posibilidad de comunicar esta circunstancia a través de la aplicación telemática de Fundae.

Consúltenos en: administracion@ceslanformacion.com

Tambien por teléfono en: 946020206

 

 

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